Detienen a Alejandro Cerda y Omar Cedillo y los llevan al altiplano. Tienen su audiencia de vinculación y los vinculan a proceso pero NO por delincuencia organizada.
La Ley de Delincuencia Organizada tiene dos tipos de delitos: 1.a los miembros de una organización criminal 2. a los que con conocimiento de que exista una organización criminal, sin ser parte de la organización, los ayuda con sus fines. El delito de delincuencia organizada tiene un requisito cuantitativo, para que haya una Organización Criminal tiene que haber al menos 3 personas.
Inicialmente la Organización Criminal por la que fueron acusados, era de 5 personas y cuando vinculan a Alejandro Cerda y Omar Cedillo es por otro delito y los quitan de la Organización Criminal. Por lo tanto, ahora la “Organización Criminal” solo queda conformada por 3 personas.
Sin embargo, en el relato de la Fiscalía se detectaron diversas inconsistencias y omisiones. Según la Fiscalía, Teófilo, Rafael y Elías formaron empresas con la intención de cometer el delito de lavado de dinero:
- Abril 2014 – RZ y Elias constituyen la empresa Zatys, S.A. de C.V. con 50 mil pesos
- Mayo 2014 constituyen la empresa Telra Realty, SAPI de CV y Grupo Inmobiliario Telra, SAPI de CV
Como ya se comentó, en junio 2014 Telra Realty celebra con Infonavit convenio de colaboración cuya vigencia estaba sujeta a la aprobación del consejo de administración del Infonavit. Según la Fiscalía este es un contrato multimillonario, sin embargo, el contrato nunca tuvo un monto de contraprestación, solo habla de un porcentaje. El contrato señala lo que vendía y ofrecía Telra al Infonavit. En 2015 y 2016 se celebran otros contratos.
En 2017 el Infonavit termina anticipadamente los contratos y se genera una mesa de mediación donde, según la narrativa de la Fiscalía, los únicos que presentaron valuaciones fue telra y que el infonavit se allanó a los montos que pidió telra y que Cedillo y cerda firmaron un contrato de transacción con lo que engañaron al consejo y que esto provocó que tuvieran que pagar a Telra.
Sin embargo:
- La empresa Telra siempre cumplió con lo acordado, y la terminación anticipada de los contratos fueron causas ajenas a Telra. No existen pruebas de que Telra no haya querido cumplir con sus obligaciones o haya buscado terminar los contratos de forma anticipada.
- En las mesas de mediación, la primera postura del Infonavit fue no dar una indemnización, sin embargo, por el marco legal existente, el mismo consejo de administración pidió una valuación, que por cierto, fue mayor a lo que se entregó a Telra (5 mil millones de pesos).
- No puede ser constitutivo de delito de delincuencia organizada porque 1. no hay organización, como personas actúan de forma aislada en una historia lineal, 2. Una característica de las OC es que cometen varios delitos, de forma permanente o reiterada y aquí hablan de una conducta, 3. Se probó en la demanda de amparo que Elías sólo había sido accionista de Zatys por menos de 3 meses (entra y sale en 2014) y que no coincidió temporalmente con Teófilo. Teófilo, Rafel y Elías no coinciden temporalmente, por lo tanto no cumple con el requisito cuantitativo que se requiere para ser catalogada como Organización Delictiva. 4. No puede ser lavado de dinero, ya que esto sería decir que se ocultó el origen ilícito de los recursos obtenidos a través de actividades ilegales, sin embargo, dichos recursos vienen de un contrato aprobado con el Infonavit.