Se publica en el periódico un desplegado dirigido al ministro presidente, Arturo Zaldívar, haciéndole ver que la justicia del juez a cargo de tramitar los amparos en contra de las órdenes de aprehensión no era pronta ni expedita
Un día después salen las sentencias de Rafael Zaga Tawil y Elías Zaga Hanono, tres meses después de haberse llevado a cabo la audiencia constitucional. La sentencia concede el amparo a Rafael Zaga Tawil y Elías Zaga Hanono. Estas fueron las primeras dos resoluciones donde se dice que las órdenes de aprehensión son inconstitucionales. Si bien las sentencias de amparo determinan inconstitucionales las órdenes, esas sentencias no establecen que NO hay delincuencia organizada (a pesar de que las evidencias no son suficientes para afirmarlo), sino que menciona que las órdenes no satisfacen los requisitos constitucionales, por lo que la defensa solicita una revisión y la Fiscalía por su lado también presenta una revisión, mismas que llegan al segundo tribunal colegiado.